Niegan demanda de nulidad en contra de la elección del alcalde de Valledupar
El Tribunal Administrativo del Cesar negó las pretensiones del demandante donde pedía la revocatoria del mandatario de los vallenatos, Mello Castro, porque supuestamente había sido elegido bajo parámetros de ilegalidad e inscrito su candidatura, defraudando a quienes lo eligieron para ser diputado de la Asamblea del Cesar, en el periodo constitucional comprendido entre el 1 de enero de 2016 y 31 de diciembre de 2019, a lo que renunció de manera irrevocable el 28 de enero de 2019, es decir, antes de terminar su periodo constitucional, con miras de ser candidato a la Alcaldía de Valledupar.
La Sala consideró que no resulta procedente dicha
demanda.
En cuanto a la renuncia como diputado y posterior
candidatura de Mello Castro González a la Alcaldía de Valledupar, consideró que
cuando los ciudadanos eligen a los alcaldes y gobernadores, lo hacen con
fundamento en los términos del programa de gobierno que les fue puesto a
consideración, lo que crea un compromiso entre electores y candidatos electos,
el cual se extiende, según lo definió el Máximo Tribunal de lo Contencioso
Administrativo, durante el espacio temporal en que se debe desarrollar.
A diferencia de la elección de las asambleas
departamentales, los alcaldes y gobernadores no hacen parte de cuerpos
colegiados, ya que ocupan cargos unipersonales, que deben regirse por un
programa de gobierno, circunstancia que le permite al elector seguir su
desarrollo y cumplimiento, encontrándose en la capacidad de revocar antes de la
terminación del respectivo período.
Por: Oscar Arzuaga

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